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Almonte 100×100 recurre el decreto que impone la zona azul sin ordenanza
El portavoz Miguel Ángel Jiménez registra un recurso de reposición contra el Decreto de Alcaldía que ordena cobrar la zona azul desde el 15 de mayo sin que el Pleno haya aprobado la ordenanza que la ley exige, y reclama su suspensión cautelar inmediata.
«El alcalde quiere imponer la zona azul por decreto», afirma Jiménez. «Eso es lo que está pasando, y conviene decirlo con todas las letras. Francisco Bella ha decidido, él solo, qué calles se regulan, en qué horarios, con qué tarifas. Todo eso lo ha decidido un señor con un bolígrafo, saltándose al Pleno, saltándose el procedimiento legal y saltándose a los vecinos».
La denuncia central del recurso es jurídicamente sencilla. La Ley de Bases de Régimen Local atribuye al Pleno municipal, con carácter indelegable, la competencia exclusiva para aprobar ordenanzas. Y la Ley de Haciendas Locales ordena de forma taxativa, en su artículo 20.6, que las tarifas de los servicios públicos prestados por concesión «se regularán mediante ordenanza». No por decreto.
Sin embargo, la aprobación inicial de la ordenanza que regula la zona azul de Matalascañas se debate precisamente este viernes 15 de mayo, el mismo día en que el alcalde pretende empezar a cobrar. «El alcalde ha decidido no esperar. Va a cobrar igual, sin ordenanza, durante toda la temporada turística. Y lo va a hacer al margen del Pleno, que es el órgano que tiene la competencia, y al margen del procedimiento, que es la garantía que tienen los vecinos para opinar sobre lo que les afecta».
A juicio de Jiménez, lo que retrata este episodio es «una manera de entender la institución municipal que conviene denunciar con claridad». «En una democracia local, las cosas que afectan a los vecinos las decide el Pleno, no el alcalde. Las decide después de un debate público, con la oposición delante, con los informes técnicos encima de la mesa y con la posibilidad de que los vecinos presenten reclamaciones. Pero Bella ha decidido por su cuenta, ha firmado un papel, lo ha guardado ocho días en el cajón y lo ha sacado a menos de cuarenta y ocho horas del Pleno”.
El recurso pone el dedo en una contradicción que el propio decreto confiesa por escrito. En su antecedente sexto, el alcalde admite literalmente que «las ordenanzas reguladoras del servicio se encuentran pendientes de aprobación». En su fundamento octavo, reconoce que «la regulación integral del servicio y la determinación estable del régimen aplicable a los usuarios requiere la aprobación de las correspondientes ordenanzas municipales». Y aun así, decide aplicar provisionalmente, por decreto, lo que él mismo dice que tendría que estar en una ordenanza. «Es una ilegalidad reconocida en el propio acto que la comete. El alcalde dice ‘esto necesita una ordenanza’ y, en el siguiente párrafo, dice ‘pero la voy a aplicar yo por decreto mientras tanto’. Algo que jurídicamente no se sostiene y, políticamente es una falta de respeto al Pleno y a los vecinos».
La oposición denuncia además que la figura de la «aplicación provisional» de ordenanzas, que el alcalde invoca como cobertura, no existe en el derecho local español. Se la han inventado entre el departamento de Contratación y la Secretaría General para tapar el desaguisado del calendario. Lo que tendría que estar funcionando hace meses no lo está, y como no lo está, el alcalde dispara con pólvora del rey y manda cobrar igualmente, sin ordenanza, contra todo lo que dice la ley».
Especial relevancia tiene en el recurso la denuncia de que las llamadas «tarifas de anulación», que van de los 3 a los 12 euros y se aplican cuando un usuario no paga o se pasa del tiempo, son multas disfrazadas con otro nombre. «Una sanción es una sanción aunque le pongas un nombre amable. Si te castigan económicamente por una conducta antijurídica, eso es una multa. Y las multas, según la Constitución, solo se pueden imponer por ley o por una norma con cobertura legal. Un decreto del alcalde no puede sancionar a un ciudadano por estacionar mal. Es básico».
El motivo confesado por el propio decreto es, para la formación municipalista, «lo más revelador de todo». El alcalde reconoce por escrito, hasta en dos pasajes distintos del texto, que la decisión se adopta para «evitar alteraciones en el equilibrio económico-financiero de la concesión y prevenir eventuales reclamaciones del adjudicatario». «Lo está diciendo él mismo. Está diciendo que prefiere cobrar a los vecinos sin ordenanza antes que pagarle a la empresa la indemnización que le correspondería por el retraso. Es decir, ha decidido que el coste del descontrol municipal y de la chapuza administrativa que es este procedimiento, lo paguen los vecinos”. El alcalde no está protegiendo a Almonte. Está protegiendo a DORNIER».
Jiménez recuerda que el Tribunal Supremo, en una sentencia reciente de 11 de diciembre de 2024 dictada en el caso de la concesión del agua entre los ayuntamientos de Manzanares y Membrilla, ha dejado claro que las tarifas de servicios prestados por concesión «tendrán que estar recogidas en una ordenanza específica», y que ni siquiera una ordenanza fiscal vieja sirve para esto. «Si el Tribunal Supremo dice que ni siquiera una ordenanza fiscal antigua vale, con mayor razón no vale un decreto del alcalde firmado a la carrera. Lo que está haciendo Bella Galán es exactamente lo que el Supremo prohíbe».
El recurso denuncia también la opacidad del proceso. El decreto está firmado el 5 de mayo, pero la oposición no ha podido conocerlo hasta el 13 de mayo, cuando se ha incorporado al expediente puesto a disposición de los concejales. «Ocho días en el cajón del alcalde, y nosotros lo hemos visto a menos de cuarenta y ocho horas del Pleno. Es decir, hemos tenido la documentación a la hora de comer del miércoles para preparar una sesión que se celebra el viernes a primera hora. Y por si fuera poco, la propia Secretaria General deja constancia por escrito de que el informe económico que sostiene la ordenanza de tarifas se firmó el 12 de mayo a las 14:42 horas y el Pleno se convocó cinco minutos después. Es decir, los concejales han tenido cinco minutos entre que se firma el informe y se nos convoca a votarlo. Eso no es funcionamiento institucional, es un atropello».
El recurso plantea cinco motivos concurrentes de nulidad de pleno derecho del decreto: vulneración de la reserva de ley del artículo 31.3 de la Constitución, vulneración del principio de legalidad sancionadora del artículo 25, incompetencia manifiesta del alcalde para regular materia reservada al Pleno, prescindencia total y absoluta del procedimiento de aprobación de ordenanzas previsto en el artículo 49 de la Ley de Bases de Régimen Local, y, subsidiariamente, desviación de poder. Solicita además que la propia Alcaldía suspenda cautelarmente la ejecución de su decreto antes del 15 de mayo y, en caso de no obtener respuesta favorable, advierte de que llevará el asunto al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con solicitud urgente de medidas cautelares.
Almonte 100×100 mantendrá su voto en contra de la aprobación inicial de las dos ordenanzas de la zona ORA que llegan al Pleno del viernes, en coherencia con su posición contraria a todo el proceso desde el estudio de viabilidad hasta la adjudicación del contrato. «Pero el Pleno del viernes es una cosa y el decreto del alcalde es otra. El decreto es ilegal independientemente de lo que vote el Pleno el viernes. Y eso es lo que estamos diciendo en el recurso. Que el alcalde no puede gobernar por decreto lo que la ley reserva al Pleno. Que no puede cobrar tarifas sin ordenanza. Que no puede multar a los vecinos sin cobertura legal. Y que no puede convertir el Ayuntamiento de Almonte en una administración a la carta de la empresa concesionaria».
Jiménez cierra con una reflexión que considera de fondo. «Hay decisiones que retratan a un gobierno entero. Lo que ha hecho Bella Galán esta semana retrata cómo entiende la institución. La entiende como un instrumento al servicio de los contratos firmados, no como el espacio donde se decide democráticamente lo que afecta a los vecinos. Y eso es lo verdaderamente preocupante. Porque hoy es la zona azul, pero mañana puede ser cualquier otra cosa. Un alcalde que se acostumbra a gobernar por decreto, saltándose al Pleno cuando le conviene, es un alcalde que ha dejado de respetar las reglas del juego democrático. Y los vecinos de Almonte, El Rocío y Matalascañas merecen algo mejor que esto».